NOTA INFORMATIVA

Ante la desinformación y manipulación que se está llevando a cabo con la obra de “CREACIÓN DE CUBIERTA EN El PARQUE INFANTIL DE La ALAMEDA DE CATOIRA” me veo en el deber de informar el siguiente:

  1. La solicitud de subvención para la realización de la citada obra es iniciativa de este Alcalde, con fecha del 10/02/2022.
  2. El presupuesto total de la obra es de 48.398,73 €, de los cuales el Concello de Catoira aporta 9.679,75 €, por lo que la Xunta de Galicia, aporta 38.718,98 €, y no 48.398,73 €.
  3. El día 10/2/2022, cuando se presenta la solicitud de la subvención en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se le comunica al concejal del PP.
  4. Con fecha del 8/7/2022, por Resolución de este alcalde se adjudicó la citada obra a la empresa Construcciones Lemos Martínez, S.L., por importe de 48.245€, siendo la oferta económica más ventajosa. Para la contratación de la obra, se presentaron además las siguientes empresas: Movimiento de Aridos y Construcciones de Arosa, S.L., Padinsa Salnés, Reformas 3 Torres, S.L.

Esperamos que con esta información quede aclarado para los vecinos/as de Catoira.

Y para finalizar, decir que el dinero destinado a la realización de obras en el Ayuntamiento, no son ni del BNG, ni del PP, ni dice PSOE, son del Ayuntamiento y de los vecinos/as de Catoira que le corresponden por el pago de sus impuestos.

Catoira, 25 de agosto de 2022.

O Alcalde – Presidente.

Alberto García García.

NOTA INFORMATIVA PARQUE

NOTA DE PRENSA

Ante la manifestación convocada para el viernes por la tarde en nuestro municipio de Catoira, para protestar por la iniciativa de una empresa privada de ubicar un almacén de pirotecnia en el lugar de Coaxe, esta Alcaldía quiere salir al paso del montón de falsedades que se están manejando, seguramente alentadas por el BNG, grupo político que ya demostró su incompetencia como gobernantes, pero que no les importa utilizar la mentira como arma política:
1º.- Es absolutamente falso que exista ninguna instalación que tenga permiso para la actividad de almacén de pirotecnia, y si llega a existir, será porque las administraciones que tienen competencia en la materia y las facultades legales para autorizarlo, es decir, la administración Autonómica y la del Estado, lo permiten con sus informes favorables.
2º.- Esta administración municipal tomó razón, por el procedimiento de obra menor y comunicación previa, de la solicitud para la construcción de un galpón para almacén de aperos de labranza y, por lo tanto, ese es el destino de la obra y no otro, puesto que, como queda dicho, si la empresa promotora quiere dedicar el galpón a otra actividad, tendrá que contar con los informes y autorizaciones sectoriales (de la Xunta y del Estado) que lo permitan, así como tramitar el oportuno expediente de actividad ante esta administración municipal, que actuará en consecuencia con la legislación vigente, lo que, hasta la fecha, no ha acaecido.
3º.- Por el contrario, esta Alcaldía se dirigió, con fecha de 1º de julio , a la Subdelegación del Gobierno en Pontevedra para que se le informase de la existencia, o no, de la iniciativa que causa tanta preocupación en el vecindario, recibiendo la contestación en forma de escrito, datado el día 5 del mismo mes, solicitando que se emitiera un informe sobre la posibilidad urbanística de la construcción de un almacén de productos pirotécnicos.
4º.- Esta Alcaldía, con fecha de 19 de julio , remitió a la Subdelegación el informe requerido, que finalizaba de la manera siguiente: “quiero dejar claro, una vez más, mi oposición a la concesión de autorización administrativa a PIROGAL PIROTECNIA, S.L., para el establecimiento del depósito-taller de cartuchería el pirotecnia a ubicar en el Perneto, lugar de Coaxe, parroquia de Dimo, de este término municipal, y mi rotunda disconformidad con la ejecución de la citada iniciativa empresarial.”
5º.- Toda esta información la conocen, de primera mano, las personas que lideran este malestar vecinal, en connivencia con el BNG, ya que ésta Alcaldía mantuvo una reunión personal con ellos y tuvieron ocasión de examinar el expediente del galpón, así como obtener copias de la documentación del mismo, por esto faltan a la verdad cuando acusan a la Alcaldía de ocultar datos o de falta de información, pues sus intereses no son tanto los de defender a los vecinos como los de atacar a mi persona utilizando la mentira, la falsedad y el insulto. Me pregunto, por último, si estas personas, que supongo son miembros de la Comunidad de Montes en mano común de Dimo, fueron informadas por el Presidente de la citada Comunidad y su Directiva, de la venta de la parcela y de la intención de la empresa de pirotecnia de dedicarla a la citada actividad, es decir, si recibieron toda la información oportuna como esta Alcaldía ha ofrecido a lo largo de estos días.
Catoira, 11 de agosto de 2022..- Fdo. Alberto García García.

ROMARÍA VIKINGA 2022 (MERCADO Y DESEMBARCO)

ABIERTO EL PRAZO PARA LA SOLICITUD DE PUESTOS EN EL MERCADO DE LA ROMARÍA VIKINGA 2022

Solicitud de puestos en el mercado de la Romaría Vikinga 2022

Plazo: Del 27 de junio al 29 de julio.

Se pueden descargar las bases y el formulario de inscripción en el tablero de anuncios de la sede electrónica del Concello de Catoira.

https://catoira.sedelectronica.gal/board

Se puede presentar la solicitud a través de una instancia genérica en la propia sede electrónica adjuntando el formulario cubierto y firmado. También se puede enviar el formulario cubierto a la dirección de correo electrónico culturaconcellocatoira@gmail.com

 

EL DÍA 1 DE JULIO SE ABRE EL PLAZO PARA LA SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN COMO TRIPULACIÓN EN EL DESEMBARCO VIKINGO 2022

Solicitud de participación como tripulación en el Desembarco Vikingo 2022

Plazo: Del 1 a 22 de julio .

Se pueden descargar las bases y el formulario de inscripción en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Concello de Catoira.

https://catoira.sedelectronica.gal/board

Se puede presentar la solicitud a través de una instancia genérica en la propia sede electrónica adjuntando el formulario cubierto y firmado. También se puede enviar el formulario cubierto a la dirección de correo electrónico culturaconcellocatoira@gmail.com

 

ABIERTO EL PRAZO PARA LA SOLICITUD DE PUESTOS EN EL MERCADO DE LA ROMARÍA VIKINGA 2022

Solicitud de puestos en el mercado de la Romaría Vikinga 2022

Plazo: Del 27 de junio al 29 de julio.

Se pueden descargar las bases y el formulario de inscripción en el tablero de anuncios de la sede electrónica del Concello de Catoira.

https://catoira.sedelectronica.gal/board

Se puede presentar la solicitud a través de una instancia genérica en la propia sede electrónica adjuntando el formulario cubierto y firmado.

EL DÍA 1 DE JULIO SE ABRE EL PLAZO PARA LA SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN COMO TRIPULACIÓN EN EL DESEMBARCO VIKINGO 2022

Solicitud de participación como tripulación en el Desembarco Vikingo 2022

Plazo: Del 1 a 22 de julio .

Se pueden descargar las bases y el formulario de inscripción en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Concello de Catoira.

https://catoira.sedelectronica.gal/board

Se puede presentar la solicitud a través de una instancia genérica en la propia sede electrónica adjuntando el formulario cubierto y firmado.

LISTA DE CANDIDATAS/OS ADMITIDAS/OS Y EXCLUIDAS/OS DE LAS/LOS REMITIDOS POR LA OFICINA DE EMPLEO DE VILAGARCÍA DE AROUSA PARA LA PROVISIÓN DE UN PUESTO DE TRABAJO DE TÉCNICA/O SUPERIOR EN EDUCACIÓN INFANTIL AL AMPARO DEL PROGRAMA SUBVENCIONADO POR LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PONTEVEDRA TU “PRIMERA EXPERIENCIA PROFESIONAL” EN LOS CONCELLOS DE LA PROVINCIA DE PONTEVEDRA 2022/2023.

LISTA DE CANDIDATAS/OS ADMITIDAS/OS Y EXCLUIDAS/OS DE LAS/LOS REMITIDOS POR LA OFICINA DE EMPLEO DE VILAGARCÍA DE AROUSA PARA LA PROVISIÓN DE UN PUESTO DE TRABAJO DE TÉCNICA/O SUPERIOR EN EDUCACIÓN INFANTIL AL AMPARO DEL PROGRAMA SUBVENCIONADO POR LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PONTEVEDRA TU “PRIMERA EXPERIENCIA PROFESIONAL” EN LOS CONCELLOS DE LA PROVINCIA DE PONTEVEDRA 2022/2023.
Por Resolución de la Alcaldía de fecha 09/06/2022, se resuelve aprobar la lista de candidatas/os admitidas/os excluidas/os de la oferta de empleo para cubrir un puesto en la modalidad de contrato de formación de Técnica/o Superior de Animación Sociocultural, que se indica a continuación:
RESOLUCIÓN DE La ALCALDÍA
Visto el Formulario de Selección remitido por la Oficina de Empleo de Vilagarcía de Arousa en respuesta a la oferta Nº 12-2022-6457 para la contratación de una/un TÉCNICA/O SUPERIOR EN EDUCACIÓN INFANTIL, en la modalidad de contrato formativo segundo la normativa laboral vigente, por medio del Programa de Fomento de la Empleabilidad en la provincia de Pontevedra “PRIMERA EXPERIENCIA PROFESIONAL” en los concellos de la provincia de Pontevedra 2022-2023,
RESUELVO:
1º.- APROBAR la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso selectivo para la provisión de un puesto de Técnica/el Superior en Educación Infantil, que es la siguiente:
ADMITIDAS/OS:
APELLIDOS, Nombre: NIETO GUDÍN, María
EXCLUIDAS/OS: Ninguno.
2º.- PUBLICAR anuncio relativo a la presente Resolución en el Tablero de Anuncios del Concello y en la página web municipal.
El que se hace público para general conocimiento y a los efectos previstos en la legislación vigente.

ANUNCIO E.INFANTIL

ACTIVIDADES DE VERANO PARA CHICAS/OS DEL CONCELLO

Está abierto el plazo de inscripción para actividades de verano para chicas/eres del ayuntamiento.

Habrá dos modalidades:
• actividades lúdico-educativas : de 3 – 10 años.
• actividades deportivas: de 6 – 14 años.

Destinatarios/las: niñas/los empadronadas/los en este ayuntamiento que tengan entre 3-14 años* de edad.

Horario normal: de lunes a viernes de 10: 00 a 13: 00 h.
Horario ampliado: de lunes a viernes de 09: 00 a 14: 00 h.

Lugar: colegio público y pabellón polideportivo municipal.

Precios :
• horario normal: 15 euros/mes.
• horario ampliado: 25 euros/mes.

Plazo: del 1- 24 de junio de 2022.

Inscripción: departamento de servicios sociales del ayuntamiento.

*con tres años solo se admitirán niñas/los que estuvieron escolarizadas/los en el c. p.i. en el curso escolar 2021/22.

BANDO RECORDATORIO SOBRE LAS OBLIGACIONES DE GESTIÓN DE LA BIOMASA

La Ley 3/2007, de 9 de abril , de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia (LPDCIF), tiene como uno de sus objetivos actualizar el régimen jurídico de la lucha contra los incendios en medio rural, integrando en él la prevención y la extinción, además de la protección de la población, de las infraestructuras y de las instalaciones agrarias. La planificación preventiva pasa a ser un elemento estructural fundamental de este sistema, que se asienta en la actuación concertada de todas las administraciones actuantes en el ámbito de la defensa contra los incendios forestales.

 

En las redes secundarias de franjas de gestión de biomasa será obligatorio, de acuerdo con el artículo 21 de la Ley 3/2007, para las personas responsables gestionar la biomasa vegetal, de acuerdo con los criterios estipulados en esta ley y en su normativa de desarrollo, en una franja de 50 metros perimetral al suelo urbano, de núcleo rural y urbanizable, alrededor de edificaciones, viviendas aisladas, urbanizaciones, depósitos de basura, campings, gasolineras y parques e #instalaciónes industriales situados a menos de 400 metros del monte y alrededor de las edificaciones aisladas en suelo rústico situadas a más de 400 metros del monte. Con carácter general, en la misma franja de 50 metros mencionada no podrá haber árboles de las especies señaladas en la disposición adicional tercera, como el eucalipto o varias variedades de pendiente, entre otras. Estos requisitos deberán cumplirse antes de que finalice el mes de mayo de cada año.

 

En virtud del que antecede, se comunica las personas responsables que disponen hasta el 31 de mayo para el cumplimiento voluntario de su deber para gestionar la biomasa en las parcelas afectadas por las redes secundarias de franjas.

 

En caso de incumplimiento transcurrido el dicho plazo, el Concello podrá proceder a la ejecución subsidiaria con repercusión de los costes de gestión de la biomasa y, si es el caso, decomiso de las especies arbóreas prohibidas retiradas por la Administración, en las condiciones establecidas en el artículo 22.2 de la Ley 3/2007, sin perjuicio de la instrucción del procedimiento sancionador que corresponda. La persona titular del terreno o del derecho de aprovechamiento tendrá el deber legal de facilitar el necesario acceso para la realización de los trabajos de gestión de biomasa y retirada de las especies arbóreas prohibidas. El sujeto que realice los trabajos de ejecución subsidiaria tendrá la facultad de acceder sin consentimiento de la persona titular, excepto en los supuestos excepcionales contemplados legalmente, cuando el acceso afecte, dentro de la parcela, a espacios físicos susceptibles de merecer la cualificación de domicilio a los efectos del artículo 18.2 de la Constitución Española.

 

En el caso de proceder la ejecución subsidiaria, el Concello procederá a la liquidación provisional de los costes a que previsiblemente dará lugar, con la advertencia de que se procederá a su exacción inmediata en caso de persistencia en el incumplimiento, una vez transcurrido el plazo otorgado, sin perjuicio de la liquidación definitiva una vez finalizados los trabajos, de ser el caso.

 

En caso de incumplimiento podrá iniciarse también el correspondiente procedimiento sancionador:

a) Cualificación de la infracción: infracción leve (51.3.la) de la Ley 3/2007, de 9 de abril , de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia), sin perjuicio del establecido en el artículo 51.2 g) para las faltas graves.

b) Cuantía máxima de la sanción pecuniaria que se pueda imponer en el caso de infracción leve: 1.000 € (artículo 74.la) de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre , de montes, en relación con el dispuesto en el artículo 50.1 de la Ley 3/2007. En el caso de ser considerada infracción grave a cuantía máxima de la sanción será de 100.000 € (artículo 74. b)

c) Se procederá al decomiso cautelar de la madera resultante de la tala de las especies arbóreas que deban ser retiradas de acuerdo con el establecido en el 22.2 de la Ley 3/2007.

 

Las franjas secundarias están delimitadas en el Plan Municipal de Prevención y Defensa Contra Incendios del Ayuntamiento y estarán la disposición de los interesados en la página web del Ayuntamiento de Catoira (Sede electrónica -> Tablero de anuncios -> Urbanismo)

 

Enlace: https://catoira.sedelectronica.gal/board/975963e4-f59b-11de-b600-00237da12c6a/

 

 

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